Saltar al contenido

Herencias sin hijos

Herencias A Coruña para familias sin hijos.
Herencias sin hijos cuando no hay un Testamento redactado por el fallecido. Te explicamos las diferentes posibilidades de la división de la Herencia en Galicia.

ÍNDICE DE CONTENIDO

Herencias sin hijos, ¿cómo se divide la Herencia?

Teniendo en cuenta que el fallecido no dejó sus voluntades expresadas en un Testamento, la Ley establece un orden para hacer el reparto o la división de la Herencia.

Una vez revisada su situación familiar, y viendo que el fallecido no tenía hijos, se procede a hacer una división de la Herencia por orden de parentesco.

En este caso, la Ley distingue entre familiares y cónyuge, y se van revisando las diferentes posibilidades.

Herencias sin hijos y con cónyuge, ¿qué parte le corresponde al viudo o viuda del fallecido?

El cónyuge del fallecido que no dejó redactado Testamento, tiene derecho al usufructo de la mitad de la Herencia, cuando hay otros herederos por orden de parentesco.

Si no hay otros herederos ascendientes, por ejemplo: los padres o abuelos del fallecido (o ascendientes más lejanos), entonces la Ley entiende que el viudo o la viuda será el único heredero.

Las Herencias sin hijos se reparten comenzando por los herederos ascendientes

Los padres del fallecido serán los primeros en el reparto de la Herencia en aquellos casos en los que una persona fallezca sin dejar sus voluntades redactadas en un Testamento.

En este caso, recibirían la Herencia a partes iguales, si viven los dos, padre y madre; o la recibiría solamente uno, si su pareja también está fallecida.

El orden de los ascendientes en el reparto de la Herencia cuando el fallecido no tiene hijos

Desde la primera posición que ocupan los padres, iríamos contando hacia más antiguo. Así serían a continuación los abuelos, bisabuelos, etc.

Herencias sin hijos y sin ascendientes

El primer caso ya estaría comentado: el cónyuge recibe la totalidad de la Herencia.

¿Cómo se reparte la herencia cuando el fallecido no tiene hijos, ni ascendientes, no cónyuge?

Para las diferentes posibilidades, la Ley establece el siguiente orden en el reparto de la Herencia:

  • Hermanos.
  • Sobrinos (hijos de sus hermanos).
  • Tíos (hermanos de sus padres y madres)
  • Primos carnales (hijos de sus tíos)
  • Otros: familia lejana como por ejemplo, los sobrinos-nietos, o los tíos-abuelos.

¿Puede la herencia de un fallecido recaer en el Estado?

Sí.

Cuando el fallecido no deja un Testamento, y no tiene acreditado ningún heredero (ascendiente o descendiente familiar) ni cónyuge, entonces el heredero es el Estado.

La Declaración de Herederos regula la existencia de los herederos de un fallecido sin Testamento

Cuando una persona fallece sin haber redactado un Testamento, entonces es necesario realizar un documento público en el que se formaliza la relación de herederos de esa persona.

La Declaración de Herederos es ese documento público, y en él se recogen todas las personas que tienen derecho a inscribirse como herederos del fallecido, y el orden legal que ocupan en esta línea sucesoria para recibir la Herencia.

Consultas Gratis y las Herencias en Galicia

Te puedes beneficiar de un servicio de consultas gratis con un abogado, que te ofrece una primera orientación en tus dudas sobre las Herencias sin hijos en Galicia.

A partir de esta primera consulta gratuita, siempre puedes solicitar otros servicios, como una atención más personalizada, o un estudio del caso con una preparación y una explicación al detalle.

También puedes llamarnos y organizar tu Testamento con nosotros, para que todo quede bien redactado y que podamos hacer un seguimiento a las voluntades que nos transmites.

¡Vamos a trabajar contigo para que todo quede tal y como quieres!